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AN aprobó por unanimidad proyecto de Ley Orgánica de Extinción de Dominio

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Este jueves 27 de abril la Asamblea Nacional aprobó por unanimidad el Proyecto de Ley Orgánica de Extinción de Dominio que permite que el Estado venezolano obtenga titularidad de los bienes incautados en delitos provenientes de manera ilícita, aun cuando no se haya dictado sentencia penal. Tras su aprobación, la ley fue remitida a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

Durante la discusión ordinaria, el diputado a la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello Rondón, presidente de la Comisión Permanente de Política Interior, pidió desde el hemiciclo protocolar incluir una nueva redacción al artículo 5 en su numeral 2 del Proyecto de Ley Orgánica de Extinción de Dominio.

El diputado sugiere incluir en el artículo mencionado el término «activos digitales» cuando se refiera a Criptoactivos. Así como «las ganancias, frutos, productos, rendimientos o permutas derivados a dichos activos», expresó.

Cabe destacar que el artículo 8 de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, que había quedado diferido, fue aprobado durante esta sesión.

Nuevos artículos que se incorporaron a la Ley

Durante la discusión, el diputado Cabello solicitó agregar un nuevo artículo, el número 23, con el objetivo de materializar la cooperación entre países. «Yo solicito que se hala la incorporación del artículo 23 y se haga el correlativo, se corra el número de artículos de ahí en adelante», expresó Cabello. El artículo quedó redactado de la siguiente manera:

Epígrafe Cooperación pasiva

Artículo 23: Las solicitudes de extinción de dominio de asistencia en la investigación y medidas cautelares presentadas por otros Estados serán tramitadas de conformidad con lo establecido en esta ley. Recibida una solicitud de otro Estado que tenga jurisdicción para decretar la extinción de dominio, el Ministerio Público adoptará de inmediato las políticas encaminadas a la identificación, localización e incautación de los bienes, así como para la ejecución de la sentencia de extinción de dominio de ser el caso. Las solicitudes de asistencia procedentes de otros Estados en materia de extinción de dominio se tramitarán, siempre que no contradigan los principios y valores fundamentales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley, recibiendo la misma prioridad que las realizadas en el marco de los procedimientos internos.

Cabello destacó que este proyecto tiene relación con una propuesta presentada por las Naciones Unidades, donde se aborda la cooperación internacional. En ese sentido, el diputado destacó que con la Ley de Extinción de Dominio, quieren dejar plasmado que esa cooperación se puede hacer efectiva.

Finalmente, el presidente de la Comisión Permanente de Política Interior, también solicitó la incorporación del artículo 26, que consiste en los «Procedimientos de aseguramiento, incautación o decomiso».

En ese sentido, la Ley Orgánica de Extinción de Dominio quedó conformada por 48 artículos en total.

Tras su aprobación, el presidente de la AN, Jorge Rodríguez, felicitó a la Comisión Permanente de Política Interior. Destacó que esta ley es un pilar importante en la lucha contra la corrupción en Venezuela.

Venezuela News Radio 104.9 FM

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